Recomendaciones
- pedir al gobierno sirio que:
- ponga en práctica sin demora las recomendaciones formuladas por la Comisión de Investigación y coopere de inmediato con ella y con otros mecanismos de derechos humanos de la ONU, lo que incluye garantizar su acceso sin trabas al país;
- coopere con las organizaciones humanitarias, entre otras cosas garantizando su acceso pleno y sin trabas al país;
- permita la entrada a Siria de las ONG de derechos humanos, entre otros, para llevar a cabo tareas de observación e investigación exhaustiva sobre derechos humanos; y garantice a todas las víctimas una reparación plena –que incluya indemnización, restitución, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición– por los crímenes de lesa humanidad y otras violaciones de derechos humanos.
- condenar las represalias tomadas por las autoridades sirias, según informes, contra defensores de los derechos humanos y personas que cooperan con la Comisión de Investigación y otros mecanismos de derechos humanos de la ONU y les facilitan información, y pedir el fin inmediato de tales represalias;
- recomendar al Consejo de Seguridad de la ONU que remita de inmediato al fiscal de la Corte Penal Internacional los posibles delitos de derecho internacional que son competencia de la Corte, incluidos los crímenes de lesa humanidad cometidos por el gobierno sirio, y asimismo exigir la localización, congelación, incautación y decomiso de los haberes en el extranjero del presidente Bachar el Asad y sus principales colaboradores e imponer un embargo de armas a Siria;
- instar al secretario general de la ONU a remitir, en virtud de su autoridad, el informe de la Comisión de Investigación al Consejo de Seguridad de la ONU en aplicación del artículo 99 de la Carta de la ONU;
- recordar a los Estados que los crímenes de lesa humanidad son crímenes sobre los que cualquier Estado puede ejercer la jurisdicción universal;
- recordar a los Estados sus obligaciones en virtud del derecho internacional con respecto a los refugiados y solicitantes de asilo;
- y decidir el nombramiento de un relator especial para que empiece a trabajar en cuanto expire el mandato de la Comisión de Investigación para garantizar el seguimiento de la situación y la aplicación de las recomendaciones de la Comisión.